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Entra en vigencia el nuevo Código Penal dominicano tras 141 años con la legislación de 1884

Por Redacción El Meridiano · 3 de agosto de 2026 · 2 min de lectura
Ilustración de portada: Entra en vigencia el nuevo Código Penal dominicano tras 141 años con la legislación de 1884

La Ley 74-25 introduce 43 modificaciones que van desde la tipificación del feminicidio hasta nuevos delitos digitales como el 'deepfake' y el fraude con criptomonedas.

El nuevo Código Penal de la República Dominicana, promulgado como Ley 74-25, entró en vigencia el lunes 3 de agosto de 2026, sustituyendo el código heredado de 1884 y marcando la mayor reforma del sistema de justicia penal dominicano en más de un siglo.

El nuevo texto, de 393 artículos, elimina la clasificación tradicional entre crímenes, delitos y contravenciones, sustituyéndola por niveles de gravedad (muy grave, grave y leve), y eleva la pena máxima individual a 40 años de prisión, con un límite acumulado de 60 años en caso de concurrencia de delitos.

Entre los cambios más comentados figura la tipificación del feminicidio como delito autónomo, con penas de entre 30 y 40 años, la ampliación de los plazos de prescripción para crímenes sexuales —20 años en general y 30 cuando la víctima es menor de edad— y el reconocimiento explícito de la agresión sexual dentro del matrimonio o una relación de pareja.

El código también incorpora delitos vinculados a la era digital que no existían en la legislación anterior, como la difusión de contenido manipulado mediante "deepfakes", la distribución no consentida de imágenes íntimas, el acoso cibernético ("cyberstalking") y el fraude mediante criptomonedas, además de un capítulo ampliado de delitos contra la administración pública, con plazos de prescripción de hasta 20 años para crímenes contra el patrimonio del Estado.

Las multas fijas en pesos fueron sustituidas por sanciones indexadas al salario mínimo del sector público, un mecanismo que busca evitar que la inflación erosione el valor disuasivo de las penas pecuniarias con el paso del tiempo. Las disposiciones sobre responsabilidad penal corporativa, por su parte, entrarán en vigencia con un retraso adicional de tres meses.

El código establece una regla de retroactividad limitada: se aplicará únicamente a hechos nuevos ocurridos a partir de su entrada en vigor, salvo en los casos donde su aplicación resulte más favorable para el acusado en procesos ya iniciados, un punto que juristas consultados por la prensa nacional consideran clave para evitar impugnaciones masivas ante los tribunales.

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